¿Cuáles son mis derechos como estudiante discapacitado?
¿Hay leyes que me protegen si tengo una discapacidad?
Sí. Las dos leyes principales son la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (“IDEA” por sus siglas en inglés) y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, que la gente generalmente llama “Sección 504”. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (“ADA” por sus siglas en inglés) también protege a los estudiantes con discapacidades.
La ley IDEA establece que las escuelas públicas deben proporcionar a todos los alumnos con discapacidades una “educación adecuada” (denominada “educación pública gratuita y apropiada” o FAPE por sus siglas en inglés) en el “entorno menos restrictivo”. Esto significa básicamente que una escuela tiene que enseñarte de una manera que está diseñada sólo para tu discapacidad. El “ambiente menos restrictivo” significa que la escuela no puede ponerte en un lugar diferente al de los estudiantes sin discapacidades sin una buena razón. Todas las escuelas públicas tienen que cumplir esta ley.
El artículo 504 dice que las escuelas no pueden discriminarte por tu discapacidad, al igual que no pueden discriminarte por tu raza o sexo. Esto significa que las escuelas públicas tienen que darte una “educación apropiada,” al igual que en la ley IDEA. Las escuelas también tienen que darte las mismas oportunidades que a los alumnos sin discapacidad. Esto significa que la escuela no puede impedirte participar en excursiones y actividades extraescolares debido a tu discapacidad. Todas las escuelas que reciben dinero del gobierno federal tienen que cumplir esta ley. Esto incluye todas las escuelas públicas y algunas privadas (pero las escuelas privadas no tienen que ofrecer una “educación adecuada”).
La ADA también dice que las escuelas no pueden discriminar contra ti a causa de tu discapacidad, y dice a las escuelas que tienen que hacer “modificaciones razonables” en sus políticas para adaptarse a tu discapacidad. Esto es otra forma de decir que las escuelas pueden tener que cambiar su forma de hacer las cosas para permitirte participar en una excursión, un club o una actividad extraescolar. Todas las escuelas, excepto las privadas religiosas, tienen que cumplir esta ley. La ADA es útil cuando pides cambios que no están estrechamente relacionados con tu educación, como llevar un perro de servicio a la escuela o llevar tus propios medicamentos.
¿Qué tipo de discapacidad necesito para estar protegido?
Según la IDEA, hay 13 tipos de discapacidades. Algunos de estos tipos son muy específicos, como el autismo o la sordera. Sin embargo, algunos tipos son generales, como “otros problemas de salud” (“OHI” por sus siglas en inglés). Cosas como el TDAH (trastorno por déficit de atención e hiperactividad) o una afección cardíaca pueden ser un OHI si dificultan la atención en la clase. Otras discapacidades son los problemas de aprendizaje, las alteraciones emocionales, las deficiencias del habla, la discapacidad intelectual y las lesiones cerebrales traumáticas. También tienes que demostrar que tu discapacidad “afecta negativamente” a tu rendimiento escolar. Esto significa que tu discapacidad te dificulta el aprendizaje y necesitas una educación especial. Por lo general, se puede demostrar con notas bajas, pero no es necesario que las notas sean bajas.
Para estar protegido por la Sección 504 y la ADA, no es necesario tener discapacidades específicas como en el caso de la IDEA. Cualquier cosa puede ser una discapacidad (tanto mental como física) si le dificulta realizar una “actividad vital importante.” Muchas de las cosas que haces a diario cuentan como actividades vitales importantes, como caminar, respirar, comer, pensar, comunicarse, aprender o ir a la escuela. Las funciones de los órganos y sistemas internos, como el corazón y los pulmones, son también actividades vitales importantes, por lo que cualquier cosa que las afecte podría ser una discapacidad. Algunos ejemplos de estas discapacidades son la depresión, la ansiedad, el asma o una enfermedad cardíaca.
Si tengo una discapacidad, ¿es necesario que mi escuela tome alguna medida?
SÍ. Si tienes una discapacidad según la ley IDEA, tu escuela se reunirá con tu familia/cuidadores para elaborar tu Programa Educativo Individualizado (IEP por sus siglas en inglés).
Si tienes una discapacidad según la Sección 504 o la ADA y necesitas algún servicio educativo o adaptaciones, tu escuela debe reunirse con tu familia/cuidadores para elaborar un plan para proveer esos servicios (a menudo llamado Plan 504).
¿Qué son los IEP y los planes 504?
Los IEP y los planes 504 son documentos que te permiten a ti y a todas las personas que trabajan contigo en la escuela saber cómo va a satisfacer tus necesidades. Si tienes una discapacidad según la ley IDEA, tendrás un IEP, y si no tienes una discapacidad según la ley IDEA pero sí según el artículo 504, deberás tener un Plan 504. Estos dos documentos tienen nombres diferentes pero hacen muchas de las mismas cosas. Debes recordar que, una vez que tú y la escuela estén de acuerdo con un IEP o un Plan 504, la escuela tiene que seguirlo.
Un IEP es un plan de educación especial individualizado. Indica a los maestros cómo enseñarte y qué cambios necesitas en el salón de clase. Algunas formas diferentes de enseñar pueden ser en grupos pequeños, uno a uno, el maestro dándote instrucciones escritas para una tarea, o dejándote usar materiales prácticos como tarjetas con imágenes para una lección.
Tu IEP también puede tener lo que se llama “servicios relacionados.” Éstos te dan una ayuda extra para aprender en la escuela. Estos tipos de servicios pueden incluir la terapia del habla, el asesoramiento, la tutoría, la terapia ocupacional, la terapia conductual y muchos otros.
Estos planes también indicarán a tus maestros los cambios en las reglas o en la forma de hacer las cosas en la escuela para ayudarte a participar. Estos cambios se realizan sólo para tu discapacidad. Por ejemplo, si tienes ansiedad, la escuela podría cambiar las reglas para que tengas tiempo extra en los exámenes o para que hagas el examen en una sala tú solo. Si tienes una discapacidad física, un plan 504 podría darte más tiempo entre clases o permitirte utilizar el ascensor de la escuela que otros alumnos no pueden usar.
El IEP también incluye una lista de objetivos para ti cada año. Estas son las cosas que tú, tu familia/cuidadores y los maestros quieren que hagas durante el próximo año. Pueden ser objetivos académicos (como aprender a leer en un determinado nivel de grado) o de comportamiento (como aprender a alejarse de un conflicto). Cualesquiera que sean los objetivos, no deben ser ni demasiado difíciles ni demasiado fáciles; deben ser lo suficientemente desafiantes para que trabajes para cumplirlos durante todo el año, al igual que todos los estudiantes se esfuerzan por aprender el material de su grado1.
¿Cómo es una reunión del IEP?
En una reunión del IEP deben participar tus maestros, un líder escolar (normalmente el vicedirector o el director de educación especial del distrito), tus padres o tu tutor, posiblemente un consejero o un psicólogo escolar con el que hayas trabajado, otro personal que te preste servicios relacionados (por ejemplo, un logopeda) y TÚ. Sí, ¡también puedes participar en la reunión del IEP! Todas estas personas conforman el “Equipo IEP.”
La reunión del IEP debe comenzar hablando de tus puntos fuertes, de tus objetivos del último año y de cómo te va en la escuela en este momento. A veces, un consejero o un profesional te hará una evaluación, como una evaluación de salud mental o académica. Estas evaluaciones son como pruebas y ayudan al equipo del IEP a saber más sobre tu discapacidad, cómo te va en la escuela y si necesitas más ayuda. Si te han evaluado, tu equipo del IEP también hablará de esos resultados. El equipo del IEP hablará entonces de los nuevos objetivos para el año siguiente. Aquí es donde puedes hablar de las cosas que quieres trabajar para el próximo año. (La escuela tiene que revisar tu IEP una vez al año, pero lo hace en un momento diferente del año para todos.)
La última parte de un IEP se llama “colocación,” y es donde el equipo del IEP decide cuál es el mejor tipo de salón de clase para ti. Puedes estar en una clase de educación general (es decir, con otros alumnos sin discapacidad) con algunos apoyos adicionales. También puedes estar en una clase de educación especial durante todo el día o sólo parte de él, o puedes estar en una escuela diferente. La escuela puede separarte de los alumnos sin discapacidades sólo si es absolutamente necesario2;.
Una vez que cumplas los 16 años, tu IEP también tiene que tener un “plan de transición, y el equipo del IEP debe hablar de ello durante la reunión del IEP 3.” Un plan de transición habla de lo que quieres hacer después de la escuela secundaria y de cómo la escuela puede ayudarte a alcanzar esa meta. Por ejemplo, si quieres conseguir un trabajo justo después de la secundaria, ir a un programa de formación laboral o ir a la universidad, entonces tu plan de transición debe hablar de las formas en que tu escuela te ayudará. También puedes invitar al Departamento de Rehabilitación de California (“DOR” por sus siglas en inglés) a tu reunión del IEP para que te ayude con tu plan de transición. Si los invitas, tienen que venir. El DOR puede ayudarte a encontrar trabajo, a pagar la universidad o, simplemente, a saber qué quieres hacer después de la secundaria. Para empezar a trabajar con DOR, llena este formulario 4 o visita su sitio web5.
Puedes grabar una reunión del IEP si avisas la escuela con 24 horas de antelación.
No hay tantas reglas sobre quién tiene que estar en una reunión del plan 504 o qué tiene que formar parte de tu plan. Pero una reunión 504 sigue reuniendo a un grupo de personas que te conocen mejor para averiguar cómo la escuela puede apoyarte mejor y ayudarte a tener éxito. Durante la reunión 504, el equipo tendrá que decidir quién es el responsable de asegurarse de que obtengas todas las adaptaciones enumeradas en el plan.
¿Qué debo hacer si creo que tengo una discapacidad, pero no lo sé con seguridad?
Si no tienes un IEP en este momento, pero crees que necesitas servicios de educación especial en tu escuela debido a una discapacidad, tus padres, tu tutor o tu maestro pueden pedir que te hagan una evaluación o valoración. Otro “proveedor de servicios,” como un consejero, también puede solicitar una evaluación.
La solicitud de evaluación debe hacerse por escrito e incluir información sobre tu discapacidad, o sobre los motivos por los que esta persona cree que puedes tener una discapacidad. Haz clic aquí para ver un ejemplo de carta que puedes utilizar del Disability Rights Education & Defense Fund 6.
La escuela tiene entonces 15 días después de recibir la solicitud para dar a tu familia un “plan de evaluación.” Un plan de evaluación enumera las diferentes pruebas o evaluaciones que te van a realizar. Por ejemplo, basándose en tus bajas calificaciones o en tu ansiedad, la escuela podría hacerte una evaluación académica y una evaluación de salud mental. Una vez que tu padre o tutor firme el plan de evaluación, el distrito escolar tiene 60 días para terminar tus evaluaciones. Antes de que pasen esos 60 días, el colegio tiene que tener una reunión del IEP para hablar de los resultados de la evaluación y si creen que tienes una discapacidad.
Este proceso puede no ser exactamente el mismo cuando se solicita un plan 504, pero aun así debes pedir a tu padre/tutor o alguien que trabaje contigo en la escuela que solicite una evaluación si crees que tienes una discapacidad bajo la Sección 504 pero no bajo la IDEA.
Si el distrito escolar cree que puedes tener una discapacidad, la ley IDEA y el artículo 504 exigen que el distrito inicie el proceso de evaluación (lo que se denomina “child find”).
Si no estoy de acuerdo con las evaluaciones o diagnósticos del distrito, ¿puedo impugnarlos?
SÍ. Si no está de acuerdo con una evaluación o diagnóstico que el distrito haya realizado en virtud de la ley IDEA, puede solicitar una evaluación educativa independiente (“IEE”). Un IEE significa que un profesional que no trabaja para el distrito viene a dar una segunda opinión. El distrito escolar debe pagar una EEI.
Si quiere una IEE, debe solicitarla por escrito después de que el distrito escolar haya completado sus evaluaciones. Haga clic aquí para ver un ejemplo de carta que puede utilizar para solicitar una IEE del Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados7.
Si solicitas una IEE, el distrito escolar debe aceptar pagarla o solicitar el “debido proceso”, que es una audiencia legal ante un juez en la que el distrito debe demostrar por qué la evaluación que te hicieron es suficiente.
¿Qué pasa si el colegio no sigue mi PEI o mi Plan 504?
Si tu centro escolar no sigue tu PEI o tu plan 504, debes ponerte en contacto con personas de tu centro o distrito que puedan ayudarte a resolver tus problemas (como tu director o el coordinador 504 o el coordinador de educación especial del distrito). Si eso no funciona y la escuela sigue sin respetar tu IEP, puedes enviar una queja al Departamento de Educación de California (“CDE”). El CDE investigará entonces, y podría exigir a su escuela que siga su IEP. Tiene que enviar su queja en el plazo de un año desde que su escuela dejó de seguir su plan. Vea para más información sobre el proceso8 o empiece con su formulario de reclamación9. El Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados ofrece consejos para redactar una reclamación de cumplimiento10.
Si la escuela no sigue tu plan 504, puedes enviar una queja a la Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Educación de los Estados Unidos. Lee más información sobre el proceso11 o empieza con el formulario de queja de la OCR12.
¿Qué es el “debido proceso”?
Cuando las escuelas y los padres tienen desacuerdos, el “debido proceso” es una de las formas en que las escuelas y los padres/tutores pueden solucionarlos. El debido proceso es como ir a un tribunal donde un juez decide si la escuela hizo algo mal.
Antes de acudir al debido proceso, tendrá que intentar solucionar su problema con el distrito escolar a través de la “mediación”. Esto sólo significa que tú, tu familia y las personas de tu distrito escolar hablarán entre sí y tratarán de solucionar el problema antes de acudir a los tribunales.
Si la mediación no funciona, el distrito escolar o tu familia pueden acudir al debido proceso. En el tribunal, el juez puede escuchar información de los profesores, los directores y las familias. El juez también leerá todos sus PEI y evaluaciones para ayudarle a tomar una decisión. Una vez que el juez toma una decisión, ésta suele ser definitiva.
Las familias y el distrito escolar suelen tener un abogado que les ayuda en el proceso. A continuación hay una lista de organizaciones legales sin ánimo de lucro de California que pueden ayudarle en este proceso o remitirle a otras que puedan ayudarle en este proceso:
- Alianza por los Derechos de la Infancia (para jóvenes en régimen de acogida)13
- Derechos de los discapacitados en California14
- Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados15
- Centro de Derechos de Aprendizaje16
- Servicios de defensa de la salud mental17
- Abogado del Estado18
Si el inglés no es mi primera lengua, ¿puedo seguir el proceso de educación especial?
SÍ. Si el inglés no es tu lengua materna, la escuela tiene que asegurarse de que tú y tu familia podéis entender el proceso de educación especial:
La escuela tiene que proporcionar un intérprete para todas las reuniones del IEP. Un intérprete es alguien que traduce lo que todo el mundo dice a un idioma diferente.
Todos los documentos que la escuela envía a casa a tus padres tienen que estar en el idioma en el que tus padres se sientan más cómodos.
Todas las valoraciones o evaluaciones deben hacerse en el idioma en el que te sientas más cómodo o en el que mejor se vea tu rendimiento.
Todas las evaluaciones no deben discriminar por su raza o cultura.
La escuela no puede tardar más tiempo en hacerte las evaluaciones por culpa de tu idioma.
La escuela no puede evaluarte sólo por el hecho de que hables un idioma diferente.
¿Pueden castigarme en la escuela aunque tenga una discapacidad?
SÍ, la escuela puede castigarte, como suspenderte o expulsarte, por las mismas razones por las que se puede castigar a los alumnos sin discapacidad. La escuela no puede castigar a los estudiantes con discapacidades más que a los estudiantes sin discapacidades por hacer las mismas cosas. Pero los estudiantes con discapacidades tienen protecciones adicionales para asegurarse de que no son castigados por su discapacidad. He aquí algunos ejemplos:
Antes de que una escuela pueda expulsarte, tiene que realizar una “determinación de manifestación”. Se trata de una reunión en la que el centro educativo decide si tu discapacidad ha sido la causa del incumplimiento de las normas. Si tu discapacidad te hizo romper las reglas, entonces no puedes ser expulsado, excepto si mantenerte en la escuela sería inseguro. En esta reunión la escuela también tiene que ver si estaba siguiendo tu IEP cuando te metiste en problemas. Si la escuela no estaba siguiendo tu IEP en ese momento, entonces normalmente no pueden expulsarte. Durante esta reunión, el centro escolar también puede hablar de las formas en que podrían ayudarte para que no vuelvas a tener problemas, como realizar una “evaluación funcional del comportamiento” (FBA) o cambiar tu “plan de intervención en el comportamiento” (BIP). Son palabras elegantes para describir las formas en que la escuela puede ayudarte a no volver a romper las reglas. Esta reunión debe celebrarse en un plazo de 10 días desde que la escuela decide expulsarte.
Si la escuela te suspende o te saca de tu salón de clases por más de 10 días en total en un año escolar, entonces la escuela tiene que llevar a cabo una reunión de determinación de manifestación.
Si la escuela te suspende o te expulsa, tiene que seguir tu IEP y enseñarte en otro lugar.
¿Puede mi colegio discriminarme por mi discapacidad?
NO. Tu centro escolar no puede discriminarte por tu discapacidad.
He aquí algunos ejemplos de formas de discriminación de los centros escolares contra los alumnos con discapacidad:
- No permitirle ir a un colegio o a un programa escolar como la tutoría extraescolar a causa de su discapacidad
- No darle la misma oportunidad que a los estudiantes sin discapacidades para estar en los programas escolares
- No darle el alojamiento que necesita
- Acosarte o intimidarte por tu discapacidad (o no impedir que otros alumnos te acosen o te intimiden)
- Hacerte seguir reglas diferentes a las de los estudiantes sin discapacidades
- Usar demasiada fuerza física debido a su discapacidad
- Enseñarle en un lugar diferente a los estudiantes sin discapacidades, a menos que haya una buena razón
Si crees que tu escuela te ha discriminado, puedes hacerlo:
- Póngase en contacto con el Coordinador 504 o ADA de la escuela
- Presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles19
¿Puedo ser intimidado o acosado por mi discapacidad?
NO. Tanto la Sección 504 como la ADA dicen que los estudiantes con discapacidades no pueden ser intimidados en la escuela. Si la escuela sabe que te están acosando por tu discapacidad, debe comprobarlo y asegurarse de que no vuelva a ocurrir.
Cuando la intimidación o el acoso son “graves o generalizados”, es ilegal que la escuela permita que sigan ocurriendo. Por lo general, esto significa que el acoso ha estado ocurriendo durante mucho tiempo, que la escuela lo sabe desde hace tiempo y que te ha hecho mucho daño. En este caso, si la escuela permite que siga ocurriendo, podría estar discriminándote. Si esto ocurre, puedes presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles20 o el Departamento de Educación de California21.
La ley IDEA dice que cuando el acoso dificulta tu aprendizaje, el centro escolar tiene que celebrar una reunión con tu equipo del IEP para tratar el tema y elaborar un plan para poner fin al acoso.
También tienes derecho a no ser víctima de la intimidación y el acoso en las escuelas, según las leyes contra el acoso de California. Para saber más sobre tus derechos en la escuela cuando te enfrentas a la intimidación o el acoso, consulta nuestra página Conoce tus derechos sobre el acoso y la intimidación.
¿Estoy protegido en los programas extraescolares, los deportes y las excursiones?
SÍ. La ADA no sólo te protege en cualquier aula, sino también en otras actividades, como los deportes, aunque no estén en tu IEP o plan 504. Los colegios tienen que hacer cambios en esas actividades para que puedas participar. Esto no significa que el entrenador tenga que ponerte en el equipo, pero no puede dejarte fuera sólo porque tengas una discapacidad. Si entras en el equipo, el entrenador tiene que hacer cambios por ti. Esto podría significar dejar de asistir a los entrenamientos para una cita con el médico o conseguir un equipo especial. Tu colegio también tiene que mantenerte en un “entorno integrado”, por lo que no pueden hacerte ir en un autobús diferente a una excursión o sentarte en la biblioteca durante una actividad extraescolar.
¿Los edificios escolares tienen que ser físicamente accesibles?
SÍ. La ADA y la Sección 504 dicen que la mayoría de las escuelas tienen que cambiar sus edificios para asegurarse de que puedes desplazarte y utilizar los equipos. Esto significa que la escuela tiene que tener pomos y fuentes de agua fáciles de usar, rampas, ascensores y puertas anchas. Incluso si las escuelas no tienen que hacer estos cambios específicos, tienen que hacer otros cambios siempre que no cueste mucho dinero. Esto puede significar hacer una pequeña rampa en las aceras, mover estanterías y muebles, ensanchar las puertas o poner pomos fáciles de usar. La escuela también tiene que impartir clases y otras actividades educativas en lugares a los que se pueda acceder. Esto puede hacerse trasladando una clase a la primera planta o a un edificio diferente.
¿Tengo estos mismos derechos en una universidad o escuela de comercio?
ALGUNOS. La ley IDEA no se aplica cuando te inscribes en la universidad o en otros programas a los que asistes después de graduarte en el instituto, y no tienes derecho a un IEP, a un plan 504 o a una educación pública gratuita y adecuada después del instituto. Sin embargo, las universidades y las escuelas de formación profesional tienen que seguir la Sección 504 y la ADA. Esto significa que las escuelas no pueden discriminar contra ti a causa de una discapacidad, y todavía tienen que acomodar tu discapacidad. Algunas de estas adaptaciones incluyen tiempo extra para los exámenes o tareas, exámenes en una sala privada, alguien que tome notas por ti, permitirte usar el ordenador portátil en clase para tomar apuntes o permitirte elegir tu horario primero. En una universidad o escuela de comercio, tienes que solicitar adaptaciones a través de la oficina de servicios para discapacitados de la escuela; la escuela normalmente no tiene que darte adaptaciones académicas que no hayas solicitado.
RECURSOS PARA MÁS INFORMACIÓN
Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados
Leyes contra el acoso escolar en California
Manual de Educación Especial de Disability Rights California
Wrightslaw – Recursos para la educación especial
Notas
- El Tribunal Supremo ha decidido recientemente que estos objetivos deben ser “apropiadamente ambiciosos” y “razonablemente calculados para permitir que el niño haga un progreso apropiado a la luz de sus circunstancias”. Esto significa que su programa educativo debe ofrecer algo más que un progreso mínimo. Si tienes un plan de estudios general modificado debido a tu discapacidad, tu plan de estudios debe seguir siendo lo suficientemente exigente. Endrew F. ex rel. Joseph F. v. Douglas Cty. Sch. Dist. RE-1, 137 S. Ct. 988 (2017).
- 34 C.F.R. § 300.114
- 34 C.F.R. § 300.343
- https://www.dor.ca.gov/Content/DorIncludes/documents/StudentServices/DR203%20Student%20Services%20Request.pdf
- https://www.dor.ca.gov/Home/StudentServices
- Fondo para la Educación y la Defensa de los Derechos de los Discapacitados, Carta de evaluación del PEI
- IEE Evaulaciones Educativas Independientes
- https://www.cde.ca.gov/sp/se/qa/cmplntproc.asp.
- https://www.cde.ca.gov/sp/se/qa/documents/sedcomplaintform.pdf
- Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados,
Consejos para escribir una queja de cumplimiento de la educación especial,
https://dredf.org/special-education/sample-letters/
. - https://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/docs/howto.html
- https://ocrcas.ed.gov/welcome-to-the-ocr-complaint-assessment-system
- https://kids-alliance.org/programs/education/
- https://www.disabilityrightsca.org/contact-us
- https://dredf.org/special-education/students-k-12/
- https://www.learningrights.org/erc
- http://mhas-la.org/programs/
- http://www.publiccounsel.org/pages?id=0061
- https://www.myschoolmyrights.com/complaint-ocr/
- https://ocrcas.ed.gov/welcome-to-the-ocr-complaint-assessment-system
- https://www.cde.ca.gov/sp/se/qa/documents/sedcomplaintform.pdf